Condiciones Generales de Contratación de Bette GmbH & Co KG en 33129 Delbrück / Alemania
§ 1 Ámbito de aplicación
1.
Estas Condiciones Generales de Contratación (en adelante también denominadas CGC) se aplicarán a todos los contratos de compraventa formalizados entre nosotros (en adelante también denominado «vendedor») y usted como cliente nuestro (en adelante denominado «comprador» o «último vendedor») de conformidad con la cláusula 1, cifra 2 de las presentes Condiciones Generales de Contratación. Estas CGC se aplican exclusivamente a empresas según el art. 14 del Código Civil Alemán o a comerciantes según el art. 1 y siguientes del Código de Mercantil Alemán actuando en calidad de clientes. Estas CGC, disponibles también en Internet en www.my-bette.com en cualquier momento o se pueden solicitar por escrito, se aplican a todos los contratos y relaciones comerciales presentes o futuros entre el vendedor y el comprador. En caso de que hayamos incorporado estas CGC efectivamente al formalizar por primera vez un contrato como usuario de ellas de conformidad con los artículos 305 y siguientes del Código Civil Alemán, se aplicarán también dichas condiciones al formalizar cualquier otro contrato en el marco de la relación comercial en curso.
2.
Se considera contrato de compraventa todos aquellos contratos que tienen por objeto la compraventa de bienes muebles, en los que el objeto principal del acto radica en la transmisión y la adquisición de la propiedad de conformidad con los arts. 433, apdo. 1 y art. 929 del BGB. Esto incluye también las entregas y la fabricación y, cuando proceda, la planificación individual por parte del vendedor, siempre y cuando el comprador instale la mercancía por sí mismo o la haga instalar por terceros por encargo propio, incluso si el vendedor se haga cargo de la puesta en servicio con los ajustes finales, así como de la aceptación final. En este contexto, las recomendaciones del vendedor estarán exclusivamente relacionadas con el producto y se limitarán a sus características. Las recomendaciones y declaraciones del vendedor en relación con el proyecto de construcción específico y/o las consultas del comprador que deban considerarse como una etapa preliminar anterior a la entrega de los componentes de la planta o productos a fabricar, que conforman el objeto del contrato, no convierten los servicios en un contrato de obra y servicio. Más bien, el objeto del contrato sigue siendo la entrega de bienes muebles y, en este caso, convierten el contrato en un contrato suministro. El hecho de que los componentes o productos del sistema estén destinados, por ejemplo, a ser montados en un sistema y luego instalados de forma permanente en un terreno o como parte integrante del edificio, no impide que se clasifiquen como bienes muebles en el sentido del art. 650 del BGB. El factor decisivo es si los bienes son muebles en el momento de su entrega.
3.
Todos los acuerdos formalizados entre el vendedor y el comprador en relación con el contrato de compraventa se derivan, en particular, de las presentes CGC, de las confirmaciones de pedido y declaraciones de aceptación que pudiese haber emitido por escrito el vendedor.
4.
En cualquier caso será determinante la versión de las CGC vigente en el momento de formalizar el contrato.
5.
Cualesquiera otras condiciones generales del comprador que difiera de las anteriores, las contradiga o complemente, así como cualquier otro acuerdo entre las partes, no formarán parte del contrato a menos que su validez haya sido expresamente acordada por escrito o confirmada al emitir la confirmación del pedido. El silencio ante una declaración contractual del comprador con condiciones divergentes y/o nuevas condiciones o reglamentos no constituye una confirmación ni comercial, ni empresarial de las mismas.
6.
El personal de campo (incluidos los representantes de ventas asalariados o autónomos) y los técnicos de servicio del vendedor no están autorizados a aceptar condiciones divergentes en el sentido de la cláusula 1, apdo. 4, de estas CGC, ni a emitir o aceptar declaraciones de intenciones para cualquier acto jurídico.
§ 2 Formalización del contrato, entrega
1.
La presentación y promoción de artículos del surtido, página web, publicidad, folletos y otros productos impresos en medios digitales o incorporados propiedad del vendedor nunca constituirá una oferta vinculante para la formalización de un contrato de compraventa.
2.
Un contrato sólo se considerará como formalizado cuando el vendedor acepte una solicitud de pedido mediante una declaración de aceptación o confirmación de pedido y/o mediante la entrega de los artículos pedidos. En este último caso, la confirmación del pedido quedará sustituida por la factura del vendedor.
3.
Las características concretas de las muestras y/o modelos suministrados por el vendedor sólo formarán parte del contrato si así se ha acordado contractualmente por separado entre el vendedor y el comprador (la muestra como objeto de un acuerdo sobre características). En el caso de que las muestras tengan validez contractual expresamente formando parte de un acuerdo concreto sobre características del producto, el fabricante se reserva el derecho de que las muestras presenten desviaciones típicas de la fabricación, producción, o desarrollo del producto.
4.
En el caso de pedidos de plazo abierto, el vendedor tendrá derecho a adquirir el material o los bienes para todo el pedido y a fabricar y/o comprar la cantidad total del pedido inmediatamente, estando obligado el comprador a aceptar el objeto de compraventa a la primera oferta. Las modificaciones solicitadas por el comprador no tendrán validez alguna tras la formalización del contrato, a menos que el comprador y el vendedor lo hayan acordado expresamente por escrito o que sea posible cumplirlas con un esfuerzo razonable por parte del vendedor. En estos casos, el vendedor se reserva el derecho de adaptar en consecuencia los precios y la fecha de entrega.
5.
El contrato formalizado es vinculante y no puede ser modificado unilateralmente a petición del comprador.
6.
El comprador está obligado a aceptar la mercancía de acuerdo con el art. 433, párr. 2 del Código Civil Alemán en el marco del acuerdo formalizado y de acuerdo con los art. 280, 286 de dicho código, debiendo reembolsar cualquier pérdida causada por el retraso, en particular los costes adicionales de almacenamiento y entrega necesarios. Si no acepta la mercancía dentro del plazo acordado, el comprador deberá abonar una penalización contractual por importe del 0,3% del importe neto del pedido por cada día de retraso una vez finalizado el plazo, con un máximo del 5% del importe neto del pedido, a menos que el comprador no sea responsable del retraso en la aceptación. Las otras reclamación por daños y perjuicios se facturarán en consecuencia sobre esta penalización contractual. Los daños y gastos adicionales objeto de compensados no se verán afectados por esta circunstancia.
7.
Las fechas y/o plazos de entrega sólo serán vinculantes si se han acordado por escrito o plasmado en texto. Las fechas de entrega que estén claramente marcadas como no vinculantes, en particular, por información o complementos del vendedor tales como "hasta aprox., aprox.", etc., no tendrán carácter vinculante. Los plazos de entrega comienzan a la recepción de la confirmación del pedido por parte del comprador. En caso de que se produzcan variaciones efectivas en el pedido, el plazo de entrega comenzará de nuevo cuando el comprador reciba la confirmación de pedido modificada, siempre y cuando el vendedor confirme expresamente los plazos en dicha confirmación de pedido. En caso de que el vendedor incumpla de forma culposa un plazo contractual expresamente acordado o se encuentre en demora por cualquier otra razón, el comprador le concederá un período de gracia razonable a partir de la fecha de recepción por parte del vendedor de la notificación escrita de demora o, en el caso de una fecha del calendario, de dicha fecha. Después del vencimiento unfructuoso de este plazo, el comprador tendrá derecho a hacer valer sus derechos legales. Si la entrega se retrasa por circunstancias de las que el vendedor no es responsable, por ejemplo, huelga (también en el proveedor del vendedor), fuerza mayor, el cliente será informado inmediatamente si es posible y el vendedor, al menos en este último caso, no estará obligado a pagar daños o a reembolsar gasto alguno. También se considerará que existe fuerza mayor en el sentido de estos términos y condiciones contractuales, por ejemplo, si han surgido circunstancias en los proveedores (y sus sub-proveedores) del vendedor o en el propio vendedor que no son de esperar en el curso normal de su actividad de negocios. Esto incluye, por ejemplo, la destrucción y/o parada de medios de producción debido, por ejemplo, a incendios, inundaciones, fenómenos meteorológicos excepcionales (excepcional se considerará en este contexto si no se ha producido una circunstancia comparable en la región en cuestión en los últimos cinco años) o escasez en el suministro de una materia prima necesaria por escasez en todo el mercado y/o si se han producido paradas de funcionamiento ordenadas oficialmente no atribuibles a una conducta culposa por parte del vendedor. Si los retrasos son considerables y no es razonable esperar que el comprador espere, el comprador tendrá derecho, después del último plazo notificado, a rescindir el contrato por escrito, a menos que la entrega sea imposible o que se trate de un negocio absoluto en una fecha determinada, es decir, que el interés del cliente por las mercancías se mantenga y venza vinculado a la fecha de entrega. En caso de que el vendedor, en el marco de una transacción comercial, o el comprador (siendo empresario o comerciante) obtenga la mercancía de un tercero y/o del fabricante, el contrato será susceptible de rescisión por incumplimiento de su socio contractual y el comprador no tendrá derecho a indemnización por daños y perjuicios y/o gastos. Si la entrega se retrasa por las razones mencionadas anteriormente sin que el cumplimiento sea o se haga imposible y sólo en la medida razonable para el comprador, por regla general, pasados 21 días después de la fecha de entrega acordada, el comprador tampoco tendrá derecho a los derechos mencionados anteriormente, a menos que se trate de un negocio absoluta vinculado a una fecha fija. Si la nueva fecha de entrega o el retraso ya no es razonable para el comprador, éste podrá rescindir el contrato por escrito una vez otorgado una extensión de plazo razonable.
8.
Si la mercancía es enviada por el vendedor con una empresa de logística contratada por él, la transferencia del riesgo al empresario o comerciante como comprador tendrá lugar con la transferencia a la persona de transporte debidamente seleccionada y que (hasta la fecha) haya resultado fiable. Después de la entrega de los bienes al transportista, el vendedor no estará obligado a volver a proporcionar la mercancía en caso de destrucción o deterioro de la misma por razones de las que el vendedor no sea responsable, estando no obstante obligado el comprador a pagar el precio de compraventa. A este respecto, el vendedor está obligado a ceder al comprador sus derechos de indemnización por daños y ante la empresa de logística (transportista), pero no a hacer valer sus derechos ante la empresa de logística en nombre del comprador previa autorización. Durante el periodo de retraso en la aceptación/entrega de la mercancía al comprador, el vendedor sólo será responsable en caso de actuar de forma dolosa o gravemente negligente. Si se adeuda un producto/artículo que sólo es de un tipo específico, el riesgo pasará al cliente en el momento en que incurra en demora por no aceptar el producto/artículo ofrecido con arreglo al art. 300 del Código Civil Alemán.
9.
La mercancía destinada a la instalación será montada y/o instalada por el propio comprador o por una empresa especializada contratada por él (mecánico de la empresa de sistemas sanitarios) con independencia del presente contrato. Si el comprador es a su vez vendedor final y su comprador (comprador final) está obligado a instalar las mercancías o productos del vendedor en cumplimiento de un contrato de obra formalizado con un tercero, el comprador o, en este caso, vendedor final, se compromete a transmitir a su comprador (comprador final) las siguientes disposiciones del art. 9 de las CGC. Si el comprador, una empresa contratada por él o el comprador final manipulan la mercancía de manera no profesional y/o sin cumplir las condiciones y descripciones de montaje o si realizan modificaciones en la mercancía suministrada y/o en los materiales de montaje, quedará anulado fundamentalmente cualquier derecho de garantía ante al vendedor y los derechos de reclamación establecidos en los arts. 439, párr. 3, art. 445 a párr. 1 del Código Civil Alemán al no tratarse en tales caso del mismo objeto de compra. El comprador comerciante y los compradores finales deben inspeccionar la mercancía o productos inmediatamente de acuerdo con el art. 377 del Código Mercantil Alemán (ver también más abajo). El comprador es consciente, y así lo comunicará a sus compradores (compradores finales), de que, durante el proceso de fabricación de los productos de alta calidad del vendedor, no se puede garantizar que las áreas detrás del borde (parte posterior del borde circundante del borde de bañeras, platos de ducha, superficies de ducha y lavabos), que no están expuestas al contacto directo con el agua cuando se instalan y ensamblan correctamente, estén completamente esmaltadas con acero al titanio. En este contexto, es responsabilidad del comprador o del comprador final cumplir plenamente las instrucciones de instalación y las descripciones de los productos y no realizar cambios en los puntos de contacto sellantes para así garantizar que no pueda penetrar humedad/agua detrás del borde, zona no tiene un esmaltado completo debido a la producción. Un montaje profesional es la única manera de evitar cualquier daño posterior por corrosión. En este sentido, la carencia de esmalte con acero al titanio en el área detrás del borde debido al sistema de producción es inevitable, no cubriendo toda la superficie o perímetro, y por lo tanto no constituye un defecto en la mercancía suministrada.
§ 3 Otras condiciones de entrega y reserva del pago anticipado
1.
El vendedor tendrá derecho a realizar entregas parciales en la medida en que ello sea razonable para el comprador y no se haya confirmado de otra manera en la confirmación del pedido según lo acordado
2.
En el caso de pedidos de compradores con domicilio en el extranjero o si existen indicios fundados de un posible riesgo de impago por parte del comprador, el vendedor se reserva expresamente el derecho de entregar la mercancía sólo después de la recepción del precio de compra más los gastos de envío (reserva de pago anticipado). Si el vendedor hace uso de la reserva de pago anticipado, el comprador será informado de ello inmediatamente. En este caso, el plazo de entrega comenzará únicamente una vez recibido el pago del precio de compra y los gastos de envío.
§ 4 Precios y gastos de envío
1.
Los precios indicados por el vendedor están expresados en EURO ex fábrica, a los que habrá que añadir los de transportistas y embalajes de transporte, más el correspondiente impuesto sobre el valor añadido legal. En el caso de las entregas de exportación se deberán añadir las las tasas y gastos de aduana y otras tasas oficiales.
Si el vendedor cumple con los pedidos del comprador según el § 4, párrafo 1 de estas CGC mediante entregas parciales, el comprador sólo deberá hacer frente a los gastos de envío de la primera entrega parcial. Si las entregas parciales se realizan a petición del comprador, será este último quien corra con los gastos de envío por cada entrega parcial.
§ 5 Condiciones de pago, aceptación, compensación y derecho de retención
1.
El precio de compraventa no incluye el impuesto sobre el valor añadido
2.
Las facturas del vendedor serán pagaderas de acuerdo con los términos y condiciones acordados en cada caso con el comprador y, en ausencia de tales términos y condiciones, se abonarán inmediatamente. La fecha de pago será la fecha de recepción del importe completo por el vendedor o cuando el importe sea acreditado en su cuenta. El comprador incurrirá en demora de pago si no lo ha efectuado transcurridos 10 días desde de la entrega, incluso sin que el vendedor se lo recuerde. El vendedor tiene derecho a exigir el pago en el mismo momento en que se efectúa la entrega de la mercancía. Si se ha acordado un descuento por pronto pago, este descuento se calculará a partir del importe neto y sólo es admisible si se han abonado íntegramente todas las demás deudas con más de 30 días de antigüedad derivadas de la relación comercial entre el comprador y el vendedor.
3.
Los pagos que no sean suficientes para liquidar todas las obligaciones de pago derivadas de la continuación de la relación comercial o en relación con un pedido individual se destinarán inicialmente a liquidar la deuda más antigua. El vendedor informará al comprador del estado de cuentas. Si ya se ha incurrido en costes e intereses, el pago se destinará primero a liquidar los costes, luego los intereses y finalmente el servicio o suministro en curso.
4.
Además, en caso de incumplimiento por parte del comprador, el vendedor tendrá derecho a retener las entregas o detener la prestación servicios en la relación comercial en curso hasta recibir el abono pendiente. El comprador puede evitar este derecho de retención proporcionando un aval directamente ejecutable e ilimitado de un banco alemán, de un Volksbank o de una entidad de crédito municipal afiliada al fondo de seguridad de depósitos por el importe de todos los créditos adeudados. Si los pagos se aplazan y se efectúan después de lo acordado inicialmente, el comprador deberá abonar intereses de demora por el período de espera según las siguientes disposiciones de estas Condiciones Generales de Contratación.
5.
La factura enviada al comprador se considerará aceptada si el comprador no se opone a ella en un plazo de 30 días naturales a partir de la recepción de la misma si se ha avisado de este requisito legal por separado y en un lugar destacado de la factura.
6.
El comprador deberá abonar intereses sobre la deuda monetaria al incurrir en demora aplicándose una tasa de 9 puntos porcentuales por encima de la tasa de interés base respectiva, más una tasa fija de tramitación de 25,00 € (arts. 247, 288 del Código Civil Alemán).
7.
El comprador sólo tendrá derecho a compensación si sus reclamaciones han sido validadas judicialmente, están dentro de plazo y no sujetas a recurso alguno.
§ 6 Reserva de propiedad
1.
La mercancía suministrada (mercancía reservada) seguirá siendo propiedad del vendedor hasta que el comprador haya satisfecho todos los derechos que le corresponden al vendedor sean presentes o futuros, incluyendo todos los derechos pendientes en su cuenta corriente como cliente. En caso de incumplimiento del contrato por parte del comprador, en especial si éste se retrasa en el pago de sus deudas, el vendedor tendrá derecho a retirar la mercancía de reserva una vez que el vendedor haya fijado un plazo razonable para su cumplimiento. Los gastos de transporte ocasionados por la retirada correrán a cargo del comprador. Si el vendedor retira la mercancía reservada, este acto constituirá una rescisión del contrato. También constituye una rescisión del contrato si el vendedor embarga la mercancía de reserva. El vendedor podrá revender la mercancía de reserva que haya retirado. Las ganancias obtenidas se descontarán de la deuda pendiente del comprador una vez que el vendedor haya deducido una cantidad razonable por los costes que haya conllevado el proceso de reventa.
2.
El comprador deberá tratar la mercancía reservada con cuidado y almacenarla profesionalmente (temporalmente). Deberá además asegurarla adecuadamente por su cuenta contra incendios, inundaciones y robo con su valor de reposición. En caso de que sean necesarios trabajos de mantenimiento e inspección, el comprador deberá realizarlos a su debido tiempo y por cuenta propia.
3.
El comprador podrá utilizar la mercancía reservada y venderla en el curso ordinario de los negocios siempre y cuando no se encuentre en demora en los pagos. No obstante, no podrá empeñar la mercancía reservada ni cederla en garantía. El comprador cede por la presente al vendedor en su totalidad a título de garantía todas las reclamaciones de pago del comprador ante sus clientes por la venta de la mercancía reservada, así como las reclamaciones del comprador ante sus clientes o terceros en relación con la mercancía reservada por cualquier otro motivo legal (en particular, reclamaciones por daños y perjuicios y reclamaciones por prestaciones de seguros), incluidas todas las reclamaciones por saldos de cuentas corrientes. El vendedor acepta esta cesión. Por su propia cuenta y cargo, el comprador podrá cobrar para el vendedor estas deudas que le ha cedido, siempre que el vendedor no haya revoque la autorización para hacerlo. El derecho del vendedor de cobrar él mismo estas deudas no se verá afectado; sin embargo, el vendedor no podrá hacer valer las deudas por sí mismo y no revocará la autorización mientras el comprador cumpla sus obligaciones de pago de forma correcta e íntegra. Sin embargo, si el comprador incumple el contrato, en particular si se retrasa en el pago, el vendedor podrá exigir que el comprador le informe de las deudas cedidas y de los deudores respectivos; que informe a los deudores respectivos de la cesión y que entregue todos los documentos al vendedor, facilitándole toda la información requerida al vendedor para que pueda hacer valer su reclamación de pago. A este respecto, las partes acuerdan que esta circunstancia otorga un derecho propio al vendedor de ser informado y efectuar inspecciones.
4.
Cualquier procesamiento o transformación de la mercancía reservada por parte del comprador se llevará a cabo para el vendedor. Si la mercancía reservada se procesa con otros artículos que no pertenecen al vendedor, el vendedor adquirirá la co-propiedad del nuevo artículo en la proporción del valor de la mercancía reservada (importe final de la factura, incluido el impuesto sobre el valor añadido) respecto a los otros artículos procesados. Por lo restante, se aplicará lo mismo al nuevo objeto creado por procesamiento que a la mercancía de reserva. Si la mercancía de reserva se combina o mezcla inseparablemente con otros artículos que no pertenezcan al vendedor, el vendedor adquirirá la co-propiedad del nuevo artículo en proporción al valor de la mercancía de reserva (importe final de la factura, incluido el impuesto sobre el valor añadido). Si la mercancía de reserva se combina o mezcla de tal manera que el objeto del comprador deba considerarse el objeto principal, el comprador y el vendedor acuerdan ya que el comprador transmite la co-propiedad del objeto al vendedor en la parte proporcional que la corresponda. El vendedor acepta esta transmisión de derechos. El comprador deberá almacenar y asegurar adecuadamente para el vendedor la propiedad exclusiva o co-propiedad de un objeto creado de esta manera.
5.
En caso de embargo de la mercancía reservada por parte de terceros o de otras intervenciones de terceros, el comprador deberá indicar que el vendedor también tiene la propiedad del artículo e informar inmediatamente por escrito al vendedor para que pueda hacer valer sus derechos de propiedad. Si el tercero no puede reembolsar al vendedor los costes judiciales o extrajudiciales incurridos en este sentido, el comprador será responsable de dichos costes.
6.
Si el comprador así lo exige, el vendedor está obligado a liberar los avales a los que tiene derecho en la medida en que su valor realizable supere en más de un 10% el valor de las deudas pendientes contra al comprador. No obstante, el vendedor podrá decidir qué avales deberán liberarse.
§ 7 Garantía
1.
a)
El vendedor es responsable de los defectos materiales y de la titularidad de la mercancía suministrada según las disposiciones legales vigentes, en particular con arreglo a los artículos 434 ss y 280 ss del Código Civil Alemán, si bien, en caso de una transacción comercial, el comprador será responsable según el art. 377 del Código Civil Alemán conforme a las disposiciones que siguen a continuación. El plazo de prescripción para las reclamaciones por defectos estipuladas por la legislación es de 1 año, comenzando a computar con la entrega o transmisión de las mercancías al comprador, a menos que el vendedor haya ocultado fraudulentamente un defecto o aceptado una garantía por la calidad de las mercancías o por determinadas características individuales o la mercancía, en el sentido del art. 438, apdo. 1. nro. 2 b) del Código Civil Alemán, se instaló profesionalmente en el plazo de un año a partir de su entrega en un edificio (objeto inmueble fijado al suelo) de acuerdo con las especificaciones del vendedor, en cuyo caso se aplicará el plazo de prescripción legal.
b)
El comprador deberá reclamar inmediatamente por escrito los defectos reconocibles al vendedor, por regla general dentro de los 6 días siguientes a la entrega, también en lo relacionado con servicios y entregas parcialmente utilizables por el comprador. Una reclamación que no se haga en el plazo y forma debidos anulará cualquier derecho de reclamación del comprador por incumplimiento de deberes con defectos en la entrega.
c)
Además, el comprador deberá notificar a la empresa de transporte cualquier defecto reconocible en el momento de la entrega, debiendo tomar la empresa de transporte las medidas necesarias para documentar tales defectos. Las reclamaciones deberán contener una descripción detallada del defecto en la medida de lo posible. Una reclamación que no se haga en el plazo y forma debidos anulará cualquier derecho de reclamación del comprador por incumplimiento de deberes con defectos en la entrega. En la medida en que en el momento de la entrega y de acuerdo con las obligaciones de inspección antes mencionadas, se hayan detectado defectos por el número de piezas, el peso o el volumen, el comprador deberá notificar estos defectos a la empresa de transporte en el momento de la recepción de la mercancía y documentando y firmando la correspondiente reclamación. Una reclamación que no se haga en el plazo y forma debidos anulará cualquier derecho de reclamación del comprador por incumplimiento de deberes con defectos en la entrega. Los defectos ocultos deberán ser notificados por escrito inmediatamente después de su detección, a más tardar una vez transcurrido el plazo de prescripción vigente conforme a estas CGC. También aquí, las reclamaciones deberán contener una descripción detallada del defecto en la medida de lo posible. Una reclamación que no se haga en el plazo y forma debidos anulará cualquier derecho de reclamación del cliente por incumplimiento de deberes con defectos en la entreg
d)
Se considerará que los bienes entregados han sido aprobados por el comprador de conformidad con el contrato cuando comience su procesamiento, tratamiento, combinación o mezcla con otros artículos o reventa al comprador final.
e)
El comprador deberá comunicar por escrito cualquier otro incumplimiento de sus obligaciones inmediatamente antes de hacer valer otros derechos, fijando un plazo razonable para su posterior cumplimiento. Como norma general, el vendedor tendrá 3 intentos para subsanar cualquier defecto detectado. El vendedor no asume ninguna responsabilidad por la idoneidad de la mercancía o productos entregados dentro de la instalación general del comprador o comprador final, a menos que el vendedor haya asegurado expresamente por escrito la idoneidad de la mercancía. El propio comprador debe tener en cuenta esta circunstancia y, como vendedor final, informara su comprador final de lo siguiente: en el curso de la ejecución de una obra y/o prestación de servicio de construcción, el vendedor final y/o el comprador final deberán comprobar de forma independiente ante terceros si los bienes o productos suministrados, los cuales cuentan con las certificaciones requeridas por las autoridades oficiales, pueden cumplir con los fines que se espera y si cumplen las normativas nacionales, tales como las relativas a edificaciones, higiene, protección del medio ambiente, protección térmica y del medio ambiente, corrientes (p. ej., mediante una compensación equipotencial), etc.
Si, al efectuar rectificación y/o cualquier entrega sustitutoria por parte del vendedor, se detecta que ni el servicio ni un producto del vendedor es responsable del defecto, sino otro producto y/o equipo del cliente final, o un uso/manejo y/o instalación incorrectos, por ejemplo por parte del comprador final, u otro producto y/o equipo del cliente final, o un uso/manejo incorrectos y/o una instalación incorrectos, por ejemplo, por parte del comprador final, el comprador deberá reembolsar los gastos en que haya incurrido el vendedor (por ejemplo, gastos de viaje, servicio al cliente, horas de atención). En particular, la responsabilidad por garantía y/o daños queda excluida si el comprador, el comprador final o el cliente final han realizado modificaciones en los productos del vendedor, o si los productos se han instalado de forma contraria a las instrucciones de montaje. Lo mismo se aplicará si los defectos materiales de la mercancía del vendedor se deben al hecho de que la mercancía entregada haya sido mantenida, limpiada o utilizada en contra de las instrucciones de mantenimiento. La garantía quedará excluida asimismo si el comprador, el comprador final o el cliente final no garantizan mediante la instalación y uso posterior profesional de la mercancía suministrada que la humedad o el agua no lleguen a las superficies no completamente esmaltadas (bordes abocardados), las cuales se derivan del proceso de fabricación, para evitar cualquier tipo de corrosión.El vendedor no será responsable de los costes de desmontaje e instalación, así como de los costes de interrupción y puesta en servicio de un sistema en el que se haya instalado un producto o mercancía del vendedor, a menos que el vendedor sea responsable del defecto resultante y, en particular, en el caso de una acción de retirada del producto por defectos o de cualquier otro defecto conocido de los productos suministrados.
g)
Si el posterior intento de cumplimiento del contrato fracasa, si bien una rectificación posterior sólo podrá considerarse como fallida al fracasar el tercer intento, o si el vendedor ha denegado el intento de cumplimiento posterior por escrito expresa y definitivamente, el comprador podrá hacer valer sus derechos legales. En el caso de un incumplimiento menor del contrato, en particular, por defectos menores, el cliente no tendrá derecho a rescindir el contrato. Este es el caso, en particular, cuando la funcionalidad de la mercancía suministrada no se ve restringida de forma significativa y, por lo tanto, el ejercicio del derecho de rescisión deba considerarse desproporcionado.
h)
En caso de aparecer defectos, los defectos, con excepción del caso de retractación en la entrega según los arts. 445a, 475 del Código Civil Alemán, se compensarán a discreción del vendedor mediante la rectificación de los mismos o la sustitución de la entrega y sin cargo alguno. Los defectos causados por el propio comprador o por el comprador final y/o cliente final, así como las reclamaciones injustificadas, serán subsanados a nombre y cuenta del comprador.
i)
El comprador se compromete a proporcionar toda la información necesaria para la evaluación y la tramitación de un caso de garantía. El comprador proporcionará al vendedor toda la información necesaria y, como mínimo, el número de confirmación de pedido de Bette, el número de artículo, el motivo de la reclamación y, en la medida de lo posible, fotos de los daños. Puede descargar una hoja informativa básica sobre los derechos aquí. Si se ha llevado a cabo una instalación en el comprador final o en el cliente final, se pondrá a disposición una copia de los registros de instalación, etc.
j)
Quedan excluidas las reclamaciones del comprador, del comprador final o del cliente final por gastos en los que se haya incurrido para el cumplimiento posterior, en particular, los gastos de transporte y desplazamiento, los costes de mano de obra y de material, cuando dichos gastos hayan aumentado porque el objeto de entrega ha debido ser trasladado posteriormente a un lugar distinto del lugar de entrega o a la sucursal del comprador. Esta circunstancia no se aplica en caso de retractación en la entrega según los arts. 445a, 475 del Código Civil Alemán y en caso de reclamaciones por incumplimiento de obligaciones por dolo o premeditación en relación con lesiones a la vida y a la integridad física.
Cualquier otro derecho de rescisión del comprador ante el vendedor en caso de reventa de la mercancía sólo existirá en la medida en que el comprador no haya llegado a un acuerdo con su comprador (comprador final) y/o con el cliente final que vaya más allá de las reclamaciones de garantía legales.
k)
La confirmación de infracciones contractuales requiere la forma escrita.
2.
Cualesquiera garantías proporcionadas por el vendedor para determinados bienes se aplicarán junto a los derechos por defectos materiales o legales según el párrafo 1. Los detalles sobre el alcance de estas garantías se encuentran en las condiciones de garantía que acompañan al artículo o mercancías.
3.
Información, asesoramiento, promoción La información y el asesoramiento sobre los productos/bienes del vendedor se proporcionarán exclusivamente en base a la experiencia previa. En lo que respecta a los productos que requieren una certificación de autoridades oficiales de inspección de edificaciones, dicha certificación está disponible. Vinculantes serán exclusivamente las propiedades de producto que hemos especificado como vendedor (fabricante) en relación con el producto respectivo. El comprador, el comprador final y el cliente final deben comprobar de forma independiente y bajo su propia responsabilidad si el éxito previsto puede alcanzarse con la instalación o uso de la mercancía (véase más arriba). Para ello, es imprescindible que el comprador, el comprador final y el cliente final apliquen y cumplan cuidadosa e íntegramente las descripciones de los productos, las instrucciones de montaje y de mantenimiento.
§ 8 Responsabilidad
1.
El vendedor será responsable de los daños y perjuicios y de indemnizar por defectos ya existentes en el momento de la formalización del contrato sólo en caso de dolo o negligencia grave o si ha engañado fraudulentamente al comprador.
2.
Si se detectan defectos sustanciales que el comprador no tiene que subsanar por sí mismo o que él mismo no haya causados de acuerdo con las disposiciones antes mencionadas, el comprador sólo tendrá derecho a reclamar la subsanación del defecto mediante mejoras subsiguientes dentro de un plazo razonable a partir de la fecha de notificación de dicho defecto. Si la subsanación del defecto resulta infructuosa, irrazonable o imposible, el comprador podrá hacer valer su derecho a una reducción del precio y a rescisión del contrato (véase más arriba)
3.
En todos los demás aspectos, la responsabilidad del vendedor, incluyendo la conducta de sus representantes y auxiliares ejecutivos, por incumplimiento de otros deberes, acción ilícita y de conformidad con los arts. 280 y 281 del Código Civil Alemán, se limitará a negligencia grave e intencionalidad. Por lo tanto, el vendedor sólo será responsable si ha causado el daño intencionadamente o por negligencia grave. Por lo tanto, el vendedor no será responsable de ningún daño sufrido por el comprador, el comprador final o el cliente final de los bienes, equipamientos, datos y similares que le pertenezcan, independientemente del tipo, origen, duración y alcance de tales efectos, a menos que el vendedor haya causado el daño intencionadamente o por negligencia grave. Lo mismo se aplicará también a los daños causados por la exposición a la humedad.
4.
En caso de negligencia leve, el vendedor sólo será responsable si se incumplen las obligaciones contractuales esenciales o típicas (las llamadas obligaciones cardinales). Las obligaciones cardinales son aquellas que sirve de base para cumplir con el contrato. Se excluye asimismo cualquier compensación de daños indirectos, como el lucro cesante. Con respecto a los datos electrónicos y sistemas técnicos, se recomienda que el comprador, el comprador final y el cliente final tomen precauciones contra caídas de tensión y/o cualquier alteración contratando un seguro para sistemas electrónicos adecuado (costes de los cambios de datos, etc.).
5.
Las exclusiones y limitaciones a la responsabilidad mencionadas anteriormente no se aplicarán en caso de lesiones corporales, a la salud, la libertad o la autodeterminación sexual que resulten de un incumplimiento negligente de sus obligaciones por parte del vendedor o de un correspondiente incumplimiento de las obligaciones por parte de un representante legal o de un agente indirecto.
6.
Las exclusiones y limitaciones de responsabilidad mencionadas anteriormente tampoco se aplican a los daños de los cuales se responsabiliza el seguro del vendedor. En cuanto al importe, el vendedor será responsable, en particular en caso de retractarse dentro de la cadena de suministro (art. 445 a del Código Civil Alemán) hasta un máximo por la cantidad con la que reciba cobertura del seguro de responsabilidad civil existente. El comprador tendrá derecho en todo momento a solicitar por escrito al vendedor el importe de la cobertura y el contenido de las condiciones del seguro. El vendedor está obligado a informar al comprador, al menos en forma de texto, del importe de la cobertura y a informar de las condiciones del seguro al comprador que así lo solicite. Al aceptar los correspondientes costes de la póliza, el comprador podrá hacer valer un importe de cobertura mayor previo acuerdo con el vendedor y con su empresa aseguradora.
7.
Si otras causas han contribuido a la aparición de un daño del que el vendedor es generalmente responsable, el vendedor sólo será responsable en la medida en que su culpa sea proporcional a las otras causas.
§ 9 Derechos de autor
El vendedor tiene derechos de autor sobre todas las imágenes, películas y textos publicados o a publicar por él. El uso de estas imágenes, películas y textos no está permitido sin el consentimiento expreso del vendedor.
§ 10 Legislación y jurisdicción aplicables
1.
Se aplicará la legislación de la República Federal de Alemania, bajo exclusión de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.
Si el comprador es un comerciante y tiene su sede en Alemania en el momento de realizar pedido, el lugar de jurisdicción exclusivo será la sede del vendedor, Bette GmbH & Co. KG, Heinrich-Bette-Straße 1, 33129 Delbrück, Alemania. En caso contrario, se aplicarán las disposiciones legales aplicables a la jurisdicción local e internacional.